Publicado 18/03/2026 05:55

Los deportistas profesionales podrán computar como cotizados para su pensión sus actividades entre 1980 y 2003

El Gobierno ve como "un acto de justicia" que puedan computar la actividad de esos años antes de su integración al Régimen General

Foto de familia tras la reunión entre exdeportistas, el CSD y la secretaría de Estado para la Seguridad Social y Pensiones
Foto de familia tras la reunión entre exdeportistas, el CSD y la secretaría de Estado para la Seguridad Social y Pensiones - MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEG.SOCIAL Y MIGRACIONES

MADRID, 18 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Inclusión, Seguridad social y Migraciones anunció este miércoles que el proyecto de Real Decreto por el que se declaran computables, a efectos de la pensión de jubilación, los periodos de actividad ejercidos por los deportistas profesionales que fueron anteriores a su integración en el Régimen General de la Seguridad Social (entre 1989 y 2003), ha comenzado el trámite de audiencia pública.

Esta es una medida que beneficia a las personas que practicaron cualquier disciplina deportiva con contrato profesional, de los incluidos en la relación laboral especial de deportistas profesionales, y la desarrollaron en territorio español entre el 15 de marzo de 1980 y la fecha de su integración en el Régimen General de la Seguridad Social (2003).

El ministerio recuerda que los deportistas profesionales fueron incorporados con carácter general y de forma definitiva en este sistema mediante el Real Decreto 287/2003 y que algunas actividades, como la de los profesionales del ciclismo o los jugadores profesionales de baloncesto y de balonmano, "lo habían sido con anterioridad de forma gradual", pero que "otros muchos no pudieron cotizar hasta entonces".

El anuncio se realizó tras la reunión mantenida este martes con el presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Rodríguez Uribes; representantes de los sindicatos CCOO y UGT, y deportistas como la exgimnasta Almudena Cid, la exesquiadora Lola Fernández Ochoa o los exjugadores de baloncesto Fernando Romay, José Luis Llorente y José Antonio Montero, entre otros.

"Se trata de un acto de justicia con unos deportistas que, en muchos casos, nos dieron grandes alegrías y llevaron el pabellón a lo más alto de podios y competiciones internacionales, pero que no tuvieron el mínimo reconocimiento y el amparo que todo trabajador tiene por haber ejercido su profesión. Gracias a esta medida, van a poder tenerlo cuando más lo necesitan, en el momento de su jubilación", admite el secretario de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez, en declaraciones facilitadas por el ministerio.

De este modo, el cómputo de esos periodos de actividad como cotizados tendrá efectos tanto a la hora del reconocimiento de la pensión de jubilación como del derecho a la mejora de la pensión que se viniera percibiendo, informó el ministerio.

Para ello, los afectados sólo tendrán que acreditarlo "mediante la certificación del club o entidad deportiva donde desempeñaron su actividad o, en caso de no existir, de la federación". El capital coste que se deriva de la aplicación de esta medida será abonado por el CSD.

"Estamos avanzando en colaboración con estos colectivos para dignificar el trabajo y la pensión de los deportistas. Buscamos resolver el problema de estos profesionales que, teniendo un contrato, no pudieron cotizar en periodos anteriores a su integración en el Régimen General de la Seguridad Social", sentenció Suárez.

Contador

Contenido patrocinado